Resulta habitual asociar las migraciones a la idea de invasión de gente procedente de otro mundo, el tercero, pero el fenómeno de las migraciones es tan antiguo como el hombre. El
desplazamiento en busca de una vida mejor forma parte de nuestra condición
humana. Es también habitual asociar migración y miseria, pero tan migrante es el subsahariano
que tarda siete años en llegar a una valla, el parado español que busca trabajo
en el norte de Europa o el ejecutivo que viaja a Estados Unidos para incorporarse
a una multinacional, por más que a cada uno de ellos lo llamemos de una forma distinta, lo cual no hace sino confirmar que hasta en esto existen clases y clases.
Más allá de la discusión que genera el hecho migratorio, resulta
imposible mantener la cabeza fría y no sentirse interpelado por las imágenes de
gente jugándose la vida por saltar una valla de seis metros erizada de dientes,
o cómo besan la tierra alcanzada a los pies de la Guardia Civil que espera para
detenerlos.
La inmigración tiene múltiples caras, pero esta semana nos hemos querido
acercar a la de los centros de internamiento de extranjeros, establecimientos
no penitenciarios en los que se retiene de manera preventiva y cautelar a
extranjeros sometidos a expediente de expulsión del territorio nacional.
Después de algunos episodios vergonzantes, se ha terminado por regular su
funcionamiento aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes 14 de
marzo y nosotros hemos pensado que sería bueno conocer la valoración de algunos
de los que tratan con esta realidad cada día, haciéndonos eco de la nota de
prensa emitida por el Servicio Jesuita a Migrantes España y Cáritas Española.
La Reforma de la Ley Orgánica de Extranjería del año 2009 fijaba al
Gobierno de ese momento un plazo de seis meses para aprobar un Reglamento que
desarrollara el régimen de internamiento de los extranjeros, tras décadas sin
una regulación completa del funcionamiento de los CIE.
El Servicio Jesuita a Migrantes España y Cáritas Española apostamos por una
sociedad inclusiva y acogedora con los inmigrantes, donde cada vez tengan menos
espacios unos planteamientos contrarios a la sociedad plural y diversa que ya
somos, y a la que convocamos a seguir construyendo entre todos.
Cuatro años y algunos meses después contamos con una regulación de los
Centros de Internamiento y nos agrada descubrir que el texto aprobado es, sin
duda, mejor que los textos iniciales.
Queremos señalar que la existencia de este Reglamento beneficia tanto a las
personas internas como a los funcionarios y demás personal de los centros pero,
sobre todo, nos beneficia a todos como sociedad.
Durante los dos años de elaboración de este nuevo reglamento ha habido
numerosas consultas con organismos de la Administración del Estado, Congreso de
los Diputados y organizaciones sociales, que trabajan con inmigrantes y visitan
a diario a las personas internas en los CIE. Hay también numerosas resoluciones
de los Juzgados de control buscando corregir las deficiencias del modelo y garantizar
los derechos de las personas internas, así como recomendaciones de la
Defensoría del Pueblo y de Fiscalía sobre condiciones de internamiento. También
ha habido trágicos sucesos que no podemos olvidar para que no se vuelvan a
producir.
El Servicio Jesuita a Migrantes (SJM)-España y Cáritas Española valoramos
positivamente que el nuevo Reglamento y su próxima implementación pueden
despejar y clarificar muchas de las denuncias y críticas que los CIE han ido
acumulando en los últimos años desde instancias públicas y privadas.
Sin embargo, señalamos que, si bien supone un avance, el Reglamento no
recoge muchas de las resoluciones de carácter general de los Juzgados de
control de los CIE, recomendaciones de Defensor del Pueblo y de Fiscalía y
observaciones de las organizaciones sociales que acompañan el día a día de las
personas internas.
Quedan fuera aspectos muy importantes que deberían haber sido recogidos
como son:
- El Reglamento regula las condiciones de funcionamiento de los CIE pero no
aborda los criterios de ingreso en los CIE. Recordamos que el
internamiento es una medida excepcional, último recurso y que debe
adoptarse valorando las circunstancias concretas del caso en el momento de
solicitar o autorizar el internamiento, sin que sea suficiente la
existencia de una orden de expulsión o devolución.
- Las funciones atribuidas a los servicios sociales no son acordes con la
importancia de estos servicios en la detección y protección, por ejemplo, de
posibles solicitantes de asilo, menores, víctimas de trata o violencia sexual y
otros perfiles vulnerables.
- No se incluye el deber de informar y explicar a las personas extranjeras las
causas por las que están en el CIE así como de las resoluciones administrativas
y judiciales que se vayan produciendo durante su estancia.
- No se recoge la obligación de que el traslado de personas desde los CETI de
Ceuta y Melilla a los CIE vaya acompañado del traslado y entrega de su
historial médico, a pesar de las implicaciones que ello tuvo en 2011 para la
vida de Samba Martine y del protocolo de derivación médica que en 2013 firmaron
el Ministerio del Interior y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y que a
fecha de hoy, no se está cumpliendo.
- La tramitación de quejas al Juzgado de control de cada centro no aúna el
secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad de las personas
internadas con el principio de la celeridad, asegurando que estas quejas se
entreguen al Juez de control rápidamente.
- Es incomprensible y alarmante la introducción de vigilancia con armas de
fuego con carácter general en los CIE. Los CIE siempre han sido espacios sin
armas de fuego.
- Se excluye del ámbito reglamentario las Salas de inadmisión de los
aeropuertos, dejando esos espacios en un limbo legal.
Finalmente, señalamos que seguiremos trabajando para que existan
alternativas al internamiento y recordamos que seguiremos pidiendo el cierre de
los Centros de Internamiento de Extranjeros, mientras continuamos con el
acompañamiento a las personas internas y sus familias.
Bosa!
ResponderEliminar