
Celia Fernández Aller
Profesora Universidad Politécnica de Madrid

Mi
nombre y número de teléfono son datos
personales; pero también lo son el
conjunto de gastos de mi tarjeta de crédito –con sus importes, tienda, bien o
servicio, etc- o el historial de búsqueda de mi navegador. Algunos datos personales arrojan mucha
información sobre mí que puede utilizarse de forma que me perjudica.

Consiste en la posibilidad que tenemos las personas de controlar la información que personalmente nos concierne para evitar que otros la utilicen para perjudicarnos. Somos cada uno de nosotros quienes decidimos qué datos y hasta qué punto queremos protegerlos. De todas formas, la LOPD (ley orgánica de 1999) protege muy reforzadamente la información sensible (datos referentes a ideología, religión, creencias, origen racial, salud y vida sexual).
La
protección de datos se desglosa en una serie de derechos que reconoce nuestra
ley y que debemos conocer:
"La tecnología nos hace la vida más cómoda, a veces a costa de nuestra intimidad"
v
El
derecho de consulta al Registro General de Protección de Datos, para conocer
qué ficheros existen tanto públicos, como privados.
v
El
derecho a ser informado, en el momento de la recogida de datos, acerca de quién es el responsable del
fichero, cuál es su dirección –a donde podré dirigir mis solicitudes de acceso
o rectificación, mis denuncias, etc-, qué finalidad tiene el fichero, etc.
v
El
derecho de acceso al contenido de los ficheros: este derecho me permitirá
acceder al contenido de los ficheros, o lo que es lo mismo, conocer qué datos
míos están siendo tratados, de dónde se
han obtenido, si se planea hacer cesiones, etc.
v
El
derecho de rectificación, que me permite modificar mis datos en el fichero
manual o automatizado que sea.
v
El
derecho de cancelación, en virtud del cual podré eliminar mis datos de un
fichero de datos personales.
v
El
derecho de oposición, que es un derecho que me permite oponerme a determinados
tratamientos. Es el caso de un ciudadano que manifiesta su voluntad de no aparecer en las guías o
repertorios telefónicos de una determinada operadora.
v
El
derecho de indemnización, que ejercitaré ante los tribunales para que me
compensen los daños morales o materiales consecuencia de un determinado
tratamiento de datos personales.
v
El
derecho de impugnación de valoraciones arbitrarias, que me protege frente a
decisiones que me afecten, basadas exclusivamente en un tratamiento de datos
personales.

En caso de que
alguien me obstaculice el ejercicio de un derecho podré poner una denuncia
–cualquier ciudadano puede hacerlo, sin necesidad de abogado ni procurador-
ante la Agencia de Protección de Datos.
La
Agencia de Protección de Datos es el órgano encargado en España de vigilar el
cumplimiento de la normativa de protección de datos. Os recomiendo visitar su
web (www.agpd.es) para descargar formularios
de denuncia –que pueden presentarse on line-, consultar información, etc.
"El derecho al olvido es clave en materia de protección de datos personales"
Hace
tiempo, cuando alguien se equivocaba –y le ponían una sanción, por ejemplo-,
tenía la posibilidad de rectificar o cambiar. Sin embargo, Internet impide el
olvido, porque la información permanece a lo largo de los años. Es fácil
teclear en Google el nombre de alguien y obtener, entre otras, una web en la
que conste una multa que se le impuso hace tiempo. El derecho al olvido
permitirá que esto no pase.
Sin
embargo, países como EE.UU no tienen
normas de protección de datos equiparables a las nuestras, sino que son menos
exigentes. Es por ello que empresas
americanas -como Facebook- no tienen políticas de privacidad respetuosas con
nuestros estándares de protección de datos.

Es más rápido hacer “click” y pasar a la
ventana siguiente, pero tiene sus riesgos. ¡La venta de datos personales es un
negocio de lo más lucrativo!
Por
último, enteraos bien de cuáles son las implicaciones de las nuevas
tecnologías:
a) Se está generalizando la utilización de chips RFID-identificación por radiofrecuencia; Estas etiquetas identifican objetos para sustituir a los códigos de barras.
b) Los buscadores de internet nos permiten localizar casi cualquier cosa en la red;
c) La computación en nube-cloud computing- ayuda a personas físicas y jurídicas con servicios flexibles, baratos y fáciles de utilizar.
d) Las cámaras de videovigilancia proliferan;
e) La geolocalización se incorpora en los teléfonos móviles;
Son muchas las comodidades que ofrecen estas
tecnologías, pero también amplias las cesiones que hacemos de parcelas de
nuestra intimidad.

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